¿Cómo informar una exoneración de cuotas para mayores de 65 años?

 

 

Los empresarios y trabajadores quedarán exentos de cotizar a la Seguridad Social por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal de las mismas, cuando se trate de trabajadores mayores de 65 años, que tengan suscrito un contrato de carácter indefinido y acrediten 35 o más años de cotización efectiva a la Seguridad Social (según el R. D. 16/ 2001, de 27 de diciembre, modificado con el B.O.E. de 1 de febrero de 2003).

 

Para ello existe en la aplicación un Tipo de Cotización, denominado: “Cotización mayores 65 años con 35 años cotizados, donde la empresa y el trabajador sólo cotizarán por las partidas destinadas a I.T., que son: el 1,42 para la empresa y el 0,28 para el trabajador.

 

 

 

Esto quedará reflejado en el TC2 como una reducción en la columna Compensaciones/ Deducciones y en el TC1, la cantidad correspondientea la exoneración, aparecerá en la casilla 209.

 

Si Ud. tiene trabajadores con estas características, deberá informar en su ficha el tipo de cotización: “Cotización mayores 65 años con 35 años cotizados”.

Marcando este indicador,  el programa aplicará para estos trabajadores la exoneración de cuotas.